Despacho Juridico

Procedimientos de trabajo dentro de las actividades jurídicas

 

PARA TRÁMITES NORMALES

 

Primera etapa

 

1.- Se recibe a la persona, que a partir de este momento será denominado usuario, para que exponga el asunto o problemática que le afecta. La persona encargada de la recepción del asunto será el Coordinador de turno, quien atenderá con respeto y celeridad al usuario.

2.- La asesoría se registrará en un cuadrante con los datos principales de identificación del usuario y el tipo de trámite que requiere.

3.- El asunto se turnará a un abogado en formación, dependiendo del número de casos o tipos de problema que cada uno maneje, quien tendrá la responsabilidad de continuar con la atención al usuario hasta la consecución del juicio o asesoría correspondiente.

4.- El abogado en formación obtendrá datos generales del usuario, debiendo practicarle a éste, con la asistencia de un estudiante de la licenciatura en Trabajo Social, un breve estudio socioeconómico, el cual servirá de base para determinar si el asunto es factible de ser llevado dentro del Bufete Universitario. De igual forma y dependiendo de la información recabada se pedirá autorización al usuario para que el propio abogado o personal de trabajo social acudan a su domicilio a observar el estado que guarda el mismo y confirmar la información proporcionada. Dicha visita deberá ser dentro de los tres días naturales siguientes a la recepción de la solicitud con acuerdo previo de ambas partes.

5.- De ser positivo el punto anterior, se dará continuidad a la tramitación del juicio correspondiente requiriendo la información y/o documentación necesaria para la elaboración de demanda o escrito inicial de solicitud.

6.- Con relación al punto anterior, se le cita nuevamente al usuario para que en un término no mayor de tres días hábiles acuda con toda la información y/o documentación requerida por el abogado o asesor.

7.- Con relación al punto 4, en el supuesto de que con el estudio socioeconómico practicado en la oficina, se determine que el usuario puede pagar un abogado particular, se le confirmará la negativa de trámite de su asunto, la cual será comunicada personalmente a éste, explicándole el motivo del porqué su asunto no puede ser tramitado por este Bufete Jurídico.

 

Segunda etapa

1.- Aceptado el asunto y transcurridos hasta los tres días hábiles, para la próxima cita, el usuario deberá acudir con toda la información y documentación que le fue requerida por el abogado en formación que le esté atendiendo; en caso de no comparecencia a la cita por parte del usuario quedará al arbitrio de éste el acudir al bufete cuando así lo necesite, con la salvedad de que deberá sujetarse a la agenda y los tiempos que maneje el Despacho Jurídico.

2.- En caso de asistencia puntual del usuario se recibirá y resguardará la documentación proporcionada por éste y se le citará nuevamente para firma de la demanda o trámite solicitado. Dicho término se sujetará a la complejidad del asunto, pudiendo oscilar entre los 4 días hábiles y dos semanas naturales, dependiendo también de los documentos proporcionados y de la tardanza en la obtención de los mismos.

3.- Firmada la demanda por el usuario y recabada toda la información y documentación necesarios, deberá presentarse a más tardar el segundo día hábil siguiente a la firma de la misma.

4.- Una vez notificado el acuerdo de radicación del juicio o recepción del trámite, nuevamente se entablará la comunicación con el usuario, vía telefónica, personalmente o por cualquier medio de comunicación factible y rápido, con el objeto de que el propio usuario esté al tanto del emplazamiento o notificación de su asunto a quien deba hacerse.

5.- Ya emplazado o notificado el asunto, se explicará al usuario la consecución normal del juicio y se le pedirá esté al contacto del asunto periódicamente en términos prudentes de una vez por semana.

 Tercera etapa

 

1.- En todos los juicios tramitados por este Bufete Jurídico, se ofrecerán y desahogarán las pruebas con suma anticipación y como las necesidades del proceso lo requieran. El abogado en formación deberá mantener al tanto del usuario las necesidades de probanzas y la forma de conseguirlas a la brevedad posible.

2.- En el caso de ofrecimiento de pruebas en un juicio, una vez que éstas hayan sido admitidas y señalada fecha para su desahogo, el abogado en formación deberá comunicarlo al cliente en un término anticipado a la fecha para su desahogo, que pudiera ser no mayor a tres días naturales.

3.- La comunicación con el cliente será siempre vía telefónica o por medio de citatorios los cuales, en caso de desatención a los mismos, sin causa justificada, se entenderá que el usuario no tiene interés por su asunto y el mismo causará baja inmediata sin responsabilidad alguna para el abogado litigante.

4.- En la consecución normal de un juicio, se comunicará al usuario de las etapas del mismo y el estado que guarda siempre con anticipación a cualquier término.

5.- Recibida cualquier notificación, el abogado litigante o a cualquiera de los integrantes del Bufete, deberán comunicarla al usuario en un término no mayor de tres días hábiles.

 

 

 


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